Art. 1

En vigor desde 21 oct 2020
Artículo 1 El artículo 134, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 se modifica como sigue: a) el quinto guion se sustituye por el texto siguiente: «— 2020: 3 %,»; b) se añade el guion siguiente: «— 2021 a 2023: 2 %.».
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eli:reg:2020:1542:oj#art-1

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