Art. 1

En vigor desde 2 sept 2020
Artículo 1 1.   Las cuotas de pesca fijadas en los Reglamentos (UE) 2018/2025, (UE) 2019/1838, (UE) 2019/2236 y (UE) 2020/123 para 2020 se reducirán según lo establecido en el anexo del presente Reglamento. 2.   El apartado 1 será aplicable sin perjuicio de las deducciones previstas en el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 185/2013.
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