Art. 1

En vigor desde 24 jul 2020
Artículo 1 1.   Se autoriza el monoclorhidrato de L-histidina monohidrato producido por Escherichia coli NITE BP-02526, por Corynebacterium glutamicum KCCM 80172 o por Corynebacterium glutamicum KCCM 80179 especificado en el anexo, perteneciente a la categoría de «aditivos nutricionales» y al grupo funcional «aminoácidos, sus sales y análogos», como aditivo para piensos en las condiciones establecidas en dicho anexo. 2.   Se autoriza el monoclorhidrato de L-histidina monohidrato producido por Escherichia coli NITE BP-02526 o por Corynebacterium glutamicum KCCM 80179 especificado en el anexo, perteneciente a la categoría de «aditivos organolépticos» y al grupo funcional «compuestos aromatizantes», como aditivo para piensos en las condiciones establecidas en dicho anexo.
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