Art. 1

En vigor desde 9 jul 2020
Artículo 1 El Reglamento (UE) n.o 1253/2014 queda modificado como sigue: 1) El artículo 1, apartado 2, queda modificado como sigue: a) la letra g) se sustituye por el texto siguiente: «g) incluyan un cambiador de calor y una bomba de calor destinada a la recuperación de calor o que permita una transferencia o extracción de calor adicionales a las del sistema de recuperación de calor, salvo que ambos dispositivos sirvan para la transferencia de calor con fines de desescarche o de protección contra el escarche;»; b) (no afecta a la versión española). 2) (no afecta a la versión española). 3) (no afecta a la versión española). 4) (no afecta a la versión española).
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eli:reg:2020:1000:oj#art-1

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