Art. 1
En vigor desde 6 jul 2020
Artículo 1
1. En la lista de la Unión de nuevos alimentos autorizados a la que se hace referencia en el artículo 8 del Reglamento (UE) 2015/2283, la entrada correspondiente al extracto proteico de riñones de cerdo se modificada con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.
2. La entrada de la lista de la Unión a la que se hace referencia en el apartado 1 comprenderá las condiciones de uso y los requisitos de etiquetado establecidos en el anexo del presente Reglamento.
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