Art. 8
Entrada en vigor y aplicación
En vigor desde 13 may 2020
Artículo 8
Entrada en vigor y aplicación
El presente Reglamento entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Será aplicable a partir del 1 de agosto de 2020.
Historial de versiones
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