Art. 2
En vigor desde 30 abr 2020
Artículo 2
1. Los derechos percibidos sobre la base del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 723/2011 no se reembolsarán.
2. Cualquier reembolso que tuviera lugar a raíz de la sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto Eurobolt, C-644/17, EU:C:2019:555, será recuperado por las autoridades que efectuaron dicho reembolso.
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