Art. 7

Medidas transitorias

En vigor desde 3 feb 2020
Artículo 7 Medidas transitorias El preparado de Bacillus subtilis C-3102 (DSM 15544) que se ajuste a lo establecido en el Reglamento (UE) n.o 333/2010, el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2312, el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1081, el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/897, el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/893 o el Reglamento (UE) n.o 184/2011, y las premezclas y piensos compuestos que lo contengan, que hayan sido producidos y etiquetados antes del 24 de febrero de 2020 de conformidad con las normas aplicables antes del 24 de febrero de 2020 podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias.
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