Art. 1
Ámbito de aplicación
En vigor desde 28 nov 2019
Artículo 1
Ámbito de aplicación
El presente Reglamento establece obligaciones detalladas para los proveedores del SET, información sobre el contenido mínimo de la declaración de dominio del SET, especificaciones sobre las interfaces electrónicas entre los componentes de interoperabilidad, los requisitos de dichos componentes y el procedimiento que han de aplicar los Estados miembros al objeto de evaluar la conformidad con las especificaciones y la idoneidad para su uso de los componentes de interoperabilidad.
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