Art. 2

Entrada en vigor y aplicación del presente Reglamento

En vigor desde 10 oct 2019
Artículo 2 Entrada en vigor y aplicación del presente Reglamento El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 14 de diciembre de 2019.
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