Art. 5.tit_1

Atún congelado desembarcado directamente en los puertos de la Unión designados por los Estados miembros procedente de buques pesqueros que enarbolen pabellón de un tercer país

En vigor desde 10 oct 2019
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Art. 5.tit_1 — Atún congelado desembarcado directamente en los puertos de la Unión designados por los Estados miembros procedente de buques pesqueros que enarbolen pabellón de un tercer país — Reglamento (UE) 2019/2126 | Portal Normativo