Art. 1

Objeto y ámbito de aplicación

En vigor desde 10 oct 2019
Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación 1.   El presente Reglamento establece un marco común para las estadísticas europeas relativas a las personas y los hogares, basadas en datos individuales recogidos a partir de muestras de dichos hogares y personas. 2.   El presente Reglamento no se aplica a los censos de población y vivienda contemplados en el Reglamento (CE) n.o 763/2008.
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