Art. 2

Fecha de entrada en vigor y aplicación

En vigor desde 1 ago 2019
Artículo 2 Fecha de entrada en vigor y aplicación El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Los siguientes puntos del anexo serán aplicables a partir del 25 de septiembre de 2019: — punto 4, letra a), — punto 6, letra b), — punto 8, letra b). Las siguientes letras del punto 4 del anexo serán aplicables a partir del 5 de noviembre de 2020: — letra c), — letra d), — letra e), — letra f), — letra g), — letra n), — letra q).
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