Art. 1

En vigor desde 10 jul 2019
Artículo 1 El artículo 4 del Reglamento Delegado (UE) 2015/98 se modifica como sigue: a) el apartado 6 se sustituye por el texto siguiente: «6.   No obstante lo dispuesto en el artículo 15, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1380/2013, los buques de captura que no pesquen activamente atún rojo no estarán autorizados a retener a bordo una cantidad de atún rojo que supere el 20 % de la captura total en peso o en número de ejemplares. Los Estados miembros especificarán, en el plan anual de pesca a que se hace referencia en el artículo 7 del Reglamento (UE) 2016/1627 del Parlamento Europeo y del Consejo (*1), el nivel de capturas accesorias de atún rojo autorizadas, que no podrá en ningún caso ser superior al porcentaje antes mencionado. El cálculo basado en el número de ejemplares solo se aplicará a los túnidos y especies afines gestionados por la CICAA. (*1)  Reglamento (UE) 2016/1627 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de septiembre de 2016, relativo a un plan de recuperación plurianual para el atún rojo del Atlántico oriental y el Mediterráneo y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 302/2009 del Consejo (DO L 252 de 16.9.2016, p. 1).»;" b) los apartados 8 y 9 se sustituyen por el texto siguiente: «8.   No obstante lo dispuesto en el artículo 15, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1380/2013, con respecto a la pesca recreativa se prohibirá capturar, retener a bordo, transbordar o desembarcar más de un atún rojo por buque y por día. Los Estados miembros tomarán las medidas necesarias para garantizar y facilitar la liberación del atún rojo capturado vivo en el marco de la pesca recreativa. 9.   No obstante lo dispuesto en el artículo 15, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1380/2013, con respecto a la pesca deportiva se prohibirá capturar, retener a bordo, transbordar o desembarcar más de un atún rojo por buque y por día. Los Estados miembros tomarán las medidas necesarias para garantizar y facilitar la liberación del atún rojo capturado vivo en el marco de la pesca deportiva.».
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Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

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