Art. 4

Período de gracia

En vigor desde 26 jun 2019
Artículo 4 Período de gracia Todo período de gracia concedido por los Estados miembros de conformidad con el artículo 46 del Reglamento (CE) n.o 1107/2009 será lo más breve posible y expirará a más tardar el 17 de octubre de 2019 en el caso de los productos fitosanitarios utilizados en las cerezas, y el 17 de julio de 2020 en el caso de los productos fitosanitarios utilizados en otros cultivos.
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