Art. 2
En vigor desde 13 jun 2019
Artículo 2
El Reglamento (CE) n.o 396/2005, en su versión anterior a las modificaciones introducidas por el presente Reglamento, seguirá siendo aplicable a los productos producidos o importados en la Unión antes del 4 de enero de 2020.
Historial de versiones
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