Art. 17
Estructura administrativa y de gestión
En vigor desde 5 jun 2019
Artículo 17
Estructura administrativa y de gestión
La ACER estará compuesta por:
a)
un Consejo de Administración, que ejercerá las competencias establecidas en el artículo 19;
b)
un Consejo de Reguladores, que ejercerá las competencias establecidas en el artículo 22;
c)
un director, que ejercerá las competencias establecidas en el artículo 24, y
d)
una Sala de Recurso, que ejercerá las competencias establecidas en el artículo 28.
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