Art. 17

Estructura administrativa y de gestión

En vigor desde 5 jun 2019
Artículo 17 Estructura administrativa y de gestión La ACER estará compuesta por: a) un Consejo de Administración, que ejercerá las competencias establecidas en el artículo 19; b) un Consejo de Reguladores, que ejercerá las competencias establecidas en el artículo 22; c) un director, que ejercerá las competencias establecidas en el artículo 24, y d) una Sala de Recurso, que ejercerá las competencias establecidas en el artículo 28.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2019:942:oj#art-17

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil