Art. 1

En vigor desde 16 may 2019
Artículo 1 El presente Reglamento establece la especificación técnica de interoperabilidad (ETI) correspondiente al subsistema «explotación y gestión del tráfico» del sistema ferroviario de la Unión, con arreglo a lo establecido en su anexo. La ETI que figura en el anexo se aplicará al subsistema «explotación y gestión del tráfico» descrito en el punto 2.5 del anexo II de la Directiva (UE) 2016/797.
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