Art. 1

En vigor desde 2 may 2019
Artículo 1 1.   Se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de determinados productos siderúrgicos revestidos de materia orgánica, es decir, productos laminados planos de acero aleado y sin alear (excepto el acero inoxidable) que están pintados, barnizados o revestidos con plástico al menos por un lado, excluidos los denominados «paneles sándwich», de un tipo utilizado para aplicaciones de construcción y compuestos por dos chapas metálicas exteriores con un núcleo estabilizador de material aislante situado entre ellas, los productos con un revestimiento final de polvo de cinc (una pintura rica en cinc que contiene un 70 % o más de cinc en peso) y los productos con un sustrato consistente en un revestimiento metálico de cromo o estaño, clasificados actualmente en los códigos NC ex 7210 70 80, ex 7212 40 80, ex 7225 99 00, ex 7226 99 70 (códigos TARIC 7210708011, 7210708091, 7212408001, 7212408021, 7212408091, 7225990011, 7225990091, 7226997011 y 7226997091), y originarios de la República Popular China. 2.   El tipo del derecho antidumping definitivo aplicable al precio neto franco en frontera de la Unión, no despachado de aduana, del producto descrito en el apartado 1 y fabricado por las empresas enumeradas a continuación será el siguiente: Empresa Derecho (%) Código TARIC adicional Union Steel China 0 B311 Zhangjiagang Panhua Steel Strip Co. Ltd, Chongqing Wanda Steel Strip Co. Ltd, y Zhangjiagang Free Trade Zone Jiaxinda International Trade Co. Ltd 26,1 B312 Zhejiang Huadong Light Steel Building Material Co. Ltd y Hangzhou P.R.P.T. Metal Material Company, Ltd 5,9 B313 Angang Steel Company Limited 16,2 B314 Anyang Iron Steel Co., Ltd 0 B315 Baoshan Iron & Steel Co., Ltd 0 B316 Baoutou City Jialong Metal Works Co., Ltd 16,2 B317 Changshu Everbright Material Technology Co., Ltd 16,2 B318 Changzhou Changsong Metal Composite Material Co., Ltd 16,2 B319 Cibao Modern Steel Sheet Jiangsu Co., Ltd 0 B320 Inner Mongolia Baotou Steel Union Co., Ltd 16,2 B321 Jiangyin Ninesky Technology Co., Ltd 0 B322 Jiangyin Zhongjiang Prepainted Steel Mfg Co., Ltd 0 B323 Jigang Group Co., Ltd 16,2 B324 Maanshan Iron&Steel Company Limited 16,2 B325 Qingdao Hangang Color Coated Sheet Co., Ltd 16,2 B326 Shandong Guanzhou Co., Ltd 16,2 B327 Shenzen Sino Master Steel Sheet Co., Ltd 16,2 B328 Tangshan Iron And Steel Group Co., Ltd 16,2 B329 Tianjin Xinyu Color Plate Co., Ltd 16,2 B330 Wuhan Iron And Steel Company Limited 16,2 B331 Wuxi Zhongcai New Materials Co., Ltd 0 B332 Xinyu Iron And Steel Co., Ltd 0 B333 Zhejiang Tiannu Color Steel Co., Ltd 16,2 B334 Todas las demás empresas 13,6 B999 3.   Salvo que se disponga lo contrario, serán aplicables las disposiciones vigentes en materia de derechos de aduana. 4.   La Comisión podrá modificar el apartado 2 para incluir a un nuevo productor exportador y atribuirle el tipo de derecho antidumping medio ponderado apropiado aplicable a las empresas que cooperaron no incluidas en la muestra de la investigación original, en caso de que un nuevo productor exportador de la República Popular China presente pruebas suficientes a la Comisión de que: a) no exportó a la Unión el producto descrito en el apartado 1 durante el período comprendido entre el 1 de octubre de 2010 y el 30 de septiembre de 2011 (el período de la investigación inicial); b) no está vinculado a ningún exportador o productor de la República Popular China sujeto a las medidas antidumping aplicadas por el presente Reglamento, y c) ha exportado realmente a la Unión el producto objeto de la reconsideración o bien ha contraído una obligación contractual irrevocable para exportar una cantidad significativa del mismo a la Unión una vez finalizado el período de investigación original. 5.   La aplicación de los tipos de derecho antidumping individuales especificados para las empresas enumeradas en el apartado 2 estará condicionada a la presentación de una factura comercial válida a las autoridades aduaneras de los Estados miembros. En la factura comercial figurará una declaración fechada y firmada por un responsable de la entidad que expida dicha factura, identificado por su nombre y cargo, con el texto siguiente: «El abajo firmante certifica que el (volumen) de determinados productos siderúrgicos revestidos de materia orgánica a que se refiere la presente factura, vendidos para su exportación a la Unión Europea, fueron fabricados por (nombre y dirección de la empresa) (código TARIC adicional) en (el país afectado). Declara, asimismo, que la información que figura en la presente factura es completa y correcta». Si no se presenta dicha factura, se aplicará el tipo de derecho aplicable a «todas las demás empresas».
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