Art. 3
Declaración «CE» de conformidad o declaración «CE» de idoneidad para el uso
En vigor desde 12 feb 2019
Artículo 3
Declaración «CE» de conformidad o declaración «CE» de idoneidad para el uso
1. El fabricante o su representante autorizado emitirán una declaración «CE» de conformidad o una declaración «CE» de idoneidad para el uso del componente de interoperabilidad con arreglo a la plantilla que figura en el anexo I.
2. La declaración «CE» de conformidad o la declaración «CE» de idoneidad para el uso deberán redactarse en una de las lenguas oficiales de la Unión, que deberá ser la misma que la de los documentos que las acompañen.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2019:250:oj#art-3