Art. 10
Declaración de conformidad con un tipo autorizado de vehículo
En vigor desde 12 feb 2019
Artículo 10
Declaración de conformidad con un tipo autorizado de vehículo
1. El solicitante emitirá la declaración de conformidad con un tipo autorizado de vehículo siguiendo la estructura del modelo del anexo VI.
2. La declaración de conformidad con un tipo autorizado de vehículo deberá redactarse en una de las lenguas oficiales de la Unión, que deberá ser la misma que la de los documentos que la acompañen.
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