Art. 2

Medidas transitorias

En vigor desde 13 dic 2018
Artículo 2 Medidas transitorias 1.   Los aditivos 1c322i, 1c322ii y 1c322iii, así como las premezclas que los contengan, producidos y etiquetados antes del 2 de julio de 2019 de conformidad con las normas aplicables antes del 2 de enero de 2019 podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias. 2.   Los piensos compuestos y las materias primas para piensos que contengan los aditivos especificados en el anexo I producidos y etiquetados antes del 2 de enero de 2020 de conformidad con las normas aplicables antes del 2 de enero de 2019 podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias si se destinan a animales productores de alimentos. 3.   Los piensos compuestos y las materias primas para piensos que contengan los aditivos especificados en el anexo I producidos y etiquetados antes del 2 de enero de 2021 de conformidad con las normas aplicables antes del 2 de enero de 2019 podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias si se destinan a animales no productores de alimentos.
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