Art. 50
Notificación en el marco del Mecanismo de Inversión
En vigor desde 26 nov 2018
Artículo 50
Notificación en el marco del Mecanismo de Inversión
El BEI mantendrá a la Comisión regularmente informada de las operaciones efectuadas en el marco del Mecanismo de Inversión, incluidas las bonificaciones de intereses, de la utilización que se haya hecho de cada solicitud de contribuciones abonadas al BEI, y en particular de los importes totales trimestrales de los compromisos, contratos y pagos, conforme a las condiciones establecidas en el convenio de gestión a que se refiere el artículo 49, apartado 4.
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