Art. 14

Ejecución del 11.o FED con arreglo al principio de buena gestión financiera y rendimiento

En vigor desde 26 nov 2018
Artículo 14 Ejecución del 11.o FED con arreglo al principio de buena gestión financiera y rendimiento 1.   Será aplicable lo dispuesto en el artículo 57, el artículo 59, apartados 2 y 3, y los artículos 60 y 61 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046. 2.   La Comisión asumirá las responsabilidades de la Unión tal como se recoge en el artículo 57 del Acuerdo de Asociación ACP-UE y en la Decisión 2013/755/UE. A tal fin, ejecutará los ingresos y los gastos del 11.o FED de conformidad con las disposiciones de la presente parte y de la tercera parte del presente Reglamento, bajo su propia responsabilidad y dentro de los límites de los recursos del 11.o FED. 3.   Los Estados miembros cooperarán con la Comisión para que la utilización de los recursos del 11.o FED se atenga al principio de buena gestión financiera y rendimiento.
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