Art. 1

En vigor desde 26 nov 2018
Artículo 1 En el anexo V del Reglamento (CE) n.o 1223/2009, la entrada 7 se sustituirá por el texto que figura en el anexo del presente Reglamento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2018:1847:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil