Art. 1

En vigor desde 23 nov 2018
Artículo 1 En el anexo III del Reglamento (CE) n.o 110/2008, en la categoría «Aguardiente de vino», se añade la línea siguiente: «Aguardiente de vino “Карнобатска гроздова ракия”/“Гроздова ракия от Карнобат”/“Karnobatska grozdova rakya”/“Grozdova rakya ot Karnobat” Bulgaria»
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2018:1871:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil