Art. 1
En vigor desde 28 sept 2018
Artículo 1
En el anexo II del Reglamento (CE) n.o 1333/2008, toda referencia a «E 120/Cochinilla, ácido carmínico, carmines» o a «E 120/Cochinilla, ácido carmínico y carmines» se sustituirá por «E 120/Ácido carmínico, carmín».
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