Art. 81
Modificación del Reglamento (UE) 2016/1624
En vigor desde 12 sept 2018
Artículo 81
Modificación del Reglamento (UE) 2016/1624
El Reglamento (UE) 2016/1624 se modifica como sigue:
1)
En el artículo 8, apartado 1, se inserta la letra siguiente:
«q bis)
cumplir las funciones y obligaciones encomendadas a la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas mencionadas en el Reglamento (UE) 2018/1240 del Parlamento Europeo y del Consejo (*5) y garantizar la creación y el funcionamiento de la unidad central del SEIAV de conformidad con el artículo 7 de dicho Reglamento.
(*5) Reglamento (UE) 2018/1240 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de septiembre de 2018, por el que se establece un Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (SEIAV) y por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1077/2011, (UE) n.o 515/2014, (UE) 2016/399, (UE) 2016/1624 y (UE) 2017/2226 (DO L 236 de 19.9.2018, p. 1).»."
2)
En el capítulo II, se añade la sección siguiente:
«
Sección 5
SEIAV
Artículo 33 bis
Creación de la unidad central del SEIAV
1. Se crea una unidad central del SEIAV.
2. La Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas se encargará de la creación y el funcionamiento de una unidad central del SEIAV con arreglo al artículo 7 del Reglamento (UE) 2018/1240del Parlamento Europeo y del Consejo (*6).
(*6) Reglamento (UE) 2018/1240 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de septiembre de 2018, por el que se establece un Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (SEIAV) y por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1077/2011, (UE) n.o 515/2014, (UE) 2016/399, (UE) 2016/1624 y (UE) 2017/2226 (DO L 236 de 19.9.2018, p. 1).»."
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