Art. 33
Requisitos esenciales
En vigor desde 4 jul 2018
Artículo 33
Requisitos esenciales
Los aeródromos, los equipos de aeródromo relacionados con la seguridad, la operación de aeródromos y la prestación de servicios de asistencia en tierra y de servicios de dirección en la plataforma en los aeródromos indicados en el artículo 2, apartado 1, letra e), cumplirán los requisitos esenciales establecidos en el anexo VII y, si procede, en el anexo VIII.
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