Art. 138
Enmiendas a la Directiva 2014/53/UE
En vigor desde 4 jul 2018
Artículo 138
Enmiendas a la Directiva 2014/53/UE
En el anexo I de la Directiva 2014/53/UE, el apartado 3 se sustituye por el texto siguiente:
«3.
Los siguientes equipos de aviación, cuando entren en el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 2018/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo (*5) y estén exclusivamente destinados al uso aeronáutico:
a)
aeronaves, distintas a las aeronaves no tripuladas, y sus motores, hélices, componentes y equipo no instalado;
b)
aeronaves no tripuladas, así como sus motores, hélices, componentes y equipo no instalado, cuyo diseño esté certificado con arreglo al artículo 56, apartado 1, de dicho Reglamento y que estén destinados a funcionar únicamente en frecuencias atribuidas por el Reglamento de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones para un uso aeronáutico protegido.
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