Art. 30
Nuevos argumentos o nuevas pruebas
En vigor desde 13 jun 2018
Artículo 30
Nuevos argumentos o nuevas pruebas
1. La Sala de Recurso decidirá hasta cuándo pueden presentarse nuevas pruebas o alegarse nuevos motivos.
2. En su caso, la Sala de Recurso deberá instar a las partes a presentar observaciones o información adicional dentro de un plazo que esta determine.
3. Cuando se consideren admisibles nuevas pruebas o nuevos motivos, las demás partes tendrán derecho a presentar sus observaciones.
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