Art. 52

Información sobre las autoridades competentes, las autoridades de control y los organismos de control

En vigor desde 30 may 2018
Artículo 52 Información sobre las autoridades competentes, las autoridades de control y los organismos de control 1.   Los Estados miembros mantendrán una lista, actualizada periódicamente de: a) nombres y direcciones de las autoridades competentes; y b) nombres, direcciones y códigos numéricos de las autoridades de control y de los organismos de control. Los Estados miembros transmitirán dichas listas y cualquier cambio de las mismas a la Comisión y las harán públicas, excepto cuando esa transmisión y publicación se hayan efectuado ya en cumplimiento del artículo 4, apartado 4, del Reglamento (UE) 2017/625. 2.   Basándose en la información considerada en el apartado 1, la Comisión publicará periódicamente en Internet una lista actualizada de autoridades de control y organismos de control a que se refiere el apartado 1, letra b).
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