Art. 52
Información sobre las autoridades competentes, las autoridades de control y los organismos de control
En vigor desde 30 may 2018
Artículo 52
Información sobre las autoridades competentes, las autoridades de control y los organismos de control
1. Los Estados miembros mantendrán una lista, actualizada periódicamente de:
a)
nombres y direcciones de las autoridades competentes; y
b)
nombres, direcciones y códigos numéricos de las autoridades de control y de los organismos de control.
Los Estados miembros transmitirán dichas listas y cualquier cambio de las mismas a la Comisión y las harán públicas, excepto cuando esa transmisión y publicación se hayan efectuado ya en cumplimiento del artículo 4, apartado 4, del Reglamento (UE) 2017/625.
2. Basándose en la información considerada en el apartado 1, la Comisión publicará periódicamente en Internet una lista actualizada de autoridades de control y organismos de control a que se refiere el apartado 1, letra b).
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