Art. 1

En vigor desde 16 may 2018
Artículo 1 El Reglamento (CE) n.o 1099/2009 se modifica como sigue: 1) El anexo I se modifica como sigue: a) el cuadro 3 del capítulo I se modifica como sigue: i) el título se sustituye por el siguiente: « Métodos de atmósfera controlada », ii) se añade la fila 7 siguiente: No Denominación Descripción Condiciones de uso Parámetros clave Requisitos específicos del capítulo II del presente anexo «7 Aturdimiento por baja presión atmosférica Exposición de animales conscientes a descompresión gradual con reducción del oxígeno disponible a menos del 5 %. Pollos de engorde de hasta 4 kg de peso vivo. Sacrificio, vacío sanitario y otras situaciones. Tasa de descompresión. Duración de la exposición. Temperatura ambiente y humedad. Puntos 10.1 a 10.5» b) en el capítulo II, se añade el punto 10 siguiente: «10.   Aturdimiento por baja presión atmosférica 10.1.   Durante la primera fase, la tasa de descompresión no será superior a la equivalente a una reducción de la presión atmosférica normal al nivel del mar de 760 a 250 torrs durante un período no inferior a 50 segundos. 10.2.   Durante una segunda fase, se alcanzará una presión atmosférica normal al nivel del mar mínima de 160 torrs en los 210 segundos siguientes. 10.3.   La curva presión-tiempo se ajustará para garantizar que todas las aves estén irreversiblemente aturdidas en el tiempo de duración del ciclo. 10.4.   La cámara se someterá a un ensayo de fugas y los manómetros se calibrarán antes de cada sesión operativa y al menos diariamente. 10.5.   Se conservarán al menos durante un año los registros de presión de vacío absoluta, duración de la exposición, temperatura y humedad.». 2) En el anexo II, se añade el punto 7 siguiente: «7.   Aturdimiento por baja presión atmosférica 7.1.   El equipamiento de aturdimiento por baja presión atmosférica se diseñará y construirá de manera que se garantice un vacío de la cámara que permita una lenta descompresión gradual con reducción del oxígeno disponible y mantenga una presión mínima. 7.2.   El sistema se equipará para medir continuamente, mostrar y registrar la presión de vacío absoluta, la duración de la exposición, la temperatura y la humedad, y para emitir una señal de alarma claramente visible y audible si la presión se desvía de los niveles exigidos. El dispositivo deberá ser claramente visible para el personal.».
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