Art. 6

Revisión del impacto de la exención por motivos de supervivencia

En vigor desde 18 dic 2017
Articulo 6 Revisión del impacto de la exención por motivos de supervivencia La Comisión, basándose en los dictámenes que reciba del CCTEP, evaluará el impacto de la exención por motivos de supervivencia sobre las poblaciones afectadas, así como sobre las pesquerías que explotan dichas poblaciones, en el tercer año de aplicación de presente Reglamento.
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