Art. 2

En vigor desde 6 nov 2017
Artículo 2 Queda derogado el derecho antidumping establecido mediante el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/185 por lo que respecta a las importaciones mencionadas en el artículo 1 del presente Reglamento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_impl:2017:1994:oj#art-2

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil