Art. 3

En vigor desde 6 nov 2017
Artículo 3 La empresa eslovena Celjske mesnine d.d. podrá seguir utilizando el término «Slavonski kulen» para designar un producto que no cumpla el pliego de condiciones del «Slavonski kulen»/«Slavonski kulin» (IGP) durante un período de cinco años a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento.
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