Art. 10
Modificación del Reglamento (CE) n.o 442/2009 y de los Reglamentos de Ejecución (UE) n.o 481/2012 y (UE) n.o 593/2013
En vigor desde 19 sept 2017
Artículo 10
Modificación del Reglamento (CE) n.o 442/2009 y de los Reglamentos de Ejecución (UE) n.o 481/2012 y (UE) n.o 593/2013
1. El Reglamento (CE) n.o 442/2009 se modifica como sigue:
a)
En el artículo 3, el apartado 2 se sustituye por el texto siguiente:
«2. A los fines del presente Reglamento, entre los productos de los códigos NC ex 0203 19 55 y ex 0203 29 55 de los contingentes con los números de orden 09.4038 y 09.0123 se incluyen las piernas y trozos de pierna.».
b)
El artículo 6 se modifica como sigue:
i)
En el apartado 3, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente: «Además, en el caso del contingente 09.4170, la indicación “sí” de la casilla 8 se marcará con una cruz.»;
ii)
El apartado 5 se sustituye por el texto siguiente:
«5. Los certificados obligarán a importar de los Estados Unidos de América para el contingente n.o 09.4170.».
c)
En el artículo 10, se suprime el apartado 3;
d)
La parte B del anexo I se sustituye por el texto que figura en el anexo IV del presente Reglamento.
2. El anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 481/2012 se sustituye por el texto que figura en el anexo V del presente Reglamento.
3. En el artículo 1 del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 593/2013, el apartado 3 se sustituye por el texto siguiente:
«3. El derecho aduanero ad valorem aplicable a los contingentes contemplados en el apartado 1 será del 20 %. Sin embargo, para los productos originarios de Canadá el derecho será 0.».
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Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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