Art. 1

En vigor desde 18 sept 2017
Artículo 1 Se aplicará el coeficiente de asignación que figura en el anexo del presente Reglamento a las cantidades a las que se refieren las solicitudes de certificados de importación presentadas en virtud del Reglamento (CE) n.o 1385/2007 para el subperíodo comprendido entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2017.
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