Art. 113
Acceso en línea a las resoluciones
En vigor desde 14 jun 2017
Artículo 113
Acceso en línea a las resoluciones
1. Las resoluciones de la Oficina estarán disponibles en línea para información y consulta públicas, en aras de una mayor transparencia y previsibilidad. Cualquier parte en el procedimiento que haya desembocado en la adopción de la resolución podrá solicitar la supresión de cualquier dato personal incluido en esta.
2. La Oficina podrá facilitar acceso en línea a las resoluciones judiciales que guarden relación con sus funciones dictadas por órganos jurisdiccionales nacionales y de la Unión, a fin de aumentar la información pública sobre cuestiones de propiedad intelectual y favorecer prácticas convergentes. La Oficina respetará, en lo que se refiere a los datos personales, las condiciones de la primera publicación.
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