Art. 1
En vigor desde 24 abr 2017
Artículo 1
1. Se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de hilos cortados de fibra de vidrio de una longitud inferior o igual a 50 milímetros; de rovings de fibra de vidrio, a excepción de los que hayan sido impregnados o recubiertos y tengan una pérdida por combustión superior al 3 % (tal como determina la norma ISO 1887); y de mats fabricados con filamentos de fibra de vidrio —a excepción de los de lana de vidrio—, actualmente clasificados en los códigos NC 7019 11 00, ex 7019 12 00 (códigos TARIC 7019120021, 7019120022, 7019120023, 7019120025 y 7019120039) y 7019 31 00 y originarios de la República Popular China.
2. Los tipos del derecho antidumping definitivo aplicable al precio neto franco en la frontera de la Unión, derechos no pagados, del producto descrito en el apartado 1 y fabricado por las empresas que se enumeran a continuación serán los siguientes:
Empresa
Derecho antidumping definitivo (%)
Código TARIC adicional
Jushi Group Co., Ltd; Jushi Group Chengdu Co., Ltd; Jushi Group Chengdu Co., Ltd
14,5
B990
Changzhou New Changhai Fiberglass Co., Ltd; Jiangsu Changhai Composite Materials Holding Co., Ltd; Changzhou Tianma Group Co., Ltd
0
A983
Chongqing Polycomp International Corporation
19,9
B991
Otras empresas que cooperaron enumeradas en el anexo I
15,9
Las demás empresas
19,9
A999
3. La aplicación de los tipos del derecho antidumping individuales especificados para las empresas mencionadas en el apartado 2 estará condicionada a la presentación a las autoridades aduaneras de los Estados miembros de una factura comercial válida que cumpla los requisitos establecidos en el anexo II. En caso de que no se presente dicha factura, se aplicará el derecho calculado para «las demás empresas».
4. Salvo especificación en contrario, serán aplicables las disposiciones pertinentes vigentes en materia de derechos de aduana.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2017:724:oj#art-1