Art. 1

En vigor desde 29 mar 2017
Artículo 1 En el anexo VI, punto 2, letra b), del Reglamento (CE) n.o 1005/2009, se añade la segunda frase siguiente: «En el caso de las aeronaves, la presentación de una solicitud de certificación de tipo se refiere a la presentación de una solicitud de nueva certificación de tipo de aeronaves.».
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