Art. 5
Medidas transitorias
En vigor desde 10 mar 2017
Artículo 5
Medidas transitorias
El preparado especificado en el anexo y los piensos que lo contengan, que hayan sido producidos y etiquetados antes del 30 de septiembre de 2017 de conformidad con las normas aplicables antes del 31 de marzo de 2017, podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias.
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