Art. 3
En vigor desde 27 feb 2017
Artículo 3
En el anexo I octies, el texto:
«Artículos, materiales, equipos, bienes y tecnologías relacionados con las armas de destrucción masiva identificados y designados como sensibles, con arreglo al apartado 25 de la Resolución 2270 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.»,
se sustituye por el texto siguiente:
«Artículos, materiales, equipos, bienes y tecnologías relacionados con las armas de destrucción masiva identificados y designados con arreglo al párrafo 25 de la Resolución 2270 (2016) y a los párrafos 4 y 7 de la Resolución 2321 (2016) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.».
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