Art. 1

En vigor desde 1 feb 2017
Artículo 1 Queda registrada la denominación «Folar de Valpaços» (IGP). La denominación indicada en el párrafo primero corresponde a un producto de la clase 2.3. Productos de confitería, panadería, panadería fina, pastelería y galletería, del anexo XI del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 668/2014 de la Comisión (3).
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