Art. 1
En vigor desde 1 feb 2017
Artículo 1
En el artículo 25 del Reglamento (UE) n.o 142/2011, se añade el apartado siguiente:
«4. Las disposiciones establecidas en el capítulo V del anexo XIV se aplicarán a las exportaciones de la Unión de los productos derivados especificados en dicho capítulo.».
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