Art. 11

Entrada en vigor

En vigor desde 28 oct 2016
Artículo 11 Entrada en vigor El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 1 de enero de 2017, a excepción del artículo 10, que será aplicable a partir del 1 de noviembre de 2016.
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