Art. 1
En vigor desde 22 sept 2016
Artículo 1
1. El anexo del Reglamento (CE) n.o 1126/2008 queda modificado como sigue:
a)
se modifica la Norma Internacional de Información Financiera (NIIF) 10 Estados financieros consolidados con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento;
b)
se modifica la NIIF 12 Revelación de participaciones en otras entidades con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento;
c)
se modifica la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 28 Inversiones en entidades asociadas y en negocios conjuntos con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.
2. Toda referencia a la NIIF 9, tal como figura en el anexo del presente Reglamento, se entenderá hecha a la NIC 39 Instrumentos financieros: Reconocimiento y valoración.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2016:1703:oj#art-1