Art. 64
Derogación
En vigor desde 14 sept 2016
Artículo 64
Derogación
1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 58, apartados 1 a 4, del presente Reglamento, la Directiva 97/68/CE queda derogada a partir del 1 de enero de 2017.
2. Las referencias a la Directiva derogada se entenderán hechas al presente Reglamento.
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