Art. 1
En vigor desde 27 jul 2016
Artículo 1
1. Las solicitudes de certificados de importación de arroz de los contingentes con el número de orden 09.4154 y 09.4166 contemplados en el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1273/2011, presentadas durante los diez primeros días hábiles del mes de julio de 2016, darán lugar a la expedición de certificados para la cantidad solicitada multiplicada por el coeficiente de asignación que se fija en el anexo del presente Reglamento.
2. La cantidad total disponible en virtud del subperíodo siguiente en el marco de los contingentes con los número de orden 09.4127 — 09.4128 — 09.4129 — 09.4130 — 09.4148 — 09.4112 — 09.4116 — 09.4117 — 09.4118 — 09.4119 y 09.4166 contemplados en el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1273/2011 se fija en el anexo del presente Reglamento.
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