Art. 2
En vigor desde 24 jun 2016
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Será aplicable a partir del 1 de julio de 2016.
No obstante, el código TARIC «ex 8708999750» será aplicable a partir del 1 de enero de 2016.
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